ladriliazo: OPERACIÓN TEDDY: COMPARTIR NO ES DELITO

06.11.05

Permalink 21:27:41, Categorías: anuncios, intervención urbana, harakiri,

OPERACIÓN TEDDY: COMPARTIR NO ES DELITO

Un grupo de activistas planea (el próximo lunes) bajarse de Internet una canción con copyright frente a la sede de la SGAE en Bilbao.

[Mas:]

"Compartir música y cultura en internet NO es delito, algo que ya ha sido demostrado con los hechos. Compartir es la base de las nuevas formas de evolución cultural que permiten la nuevas tecnologías y que practican más de 2 millones de ciudadanas en todo el Estado. Para demostrar que compartir cultura es fácil, legítimo y no delictivo un grupo de activistas se reunirá este lunes (7 de Noviembre) a las 11.00 am frente a la sede de la SGAE en Bilbao (Gran Vía número 29) para descargarse en vivo y en directo la canción “Get on Your Knees” de Teddy Bautista (presidente de la SGAE). Tres burofaxes han sido enviados a la delegación del gobierno, la policía y la propia SGAE respectivamente explicando la acción y pidiendo que se tomen las medidas oportunas en caso de delito.

La iniciativa surge de la campaña CompartirEsBueno.Net en la que colaboran diversos laboratorios hacker, así como internautas y activistas en pro del derecho universal de acceso a la cultura y el copyleft. En los últimos tiempos estamos sufriendo una campaña mediática muy agresiva por parte de los Ministerios de Cultura y Justicia, Antena 3 y Tele 5 (entre otros) para hacernos creer que compartir es ilegal. En ella se relaciona el uso de las redes P2P con las redes mafiosas de venta ilegal de música o incluso con el terrorismo. Por ello, y en el contexto de la reunión preparatoria de la cumbre mundial de la sociedad de la información que se celebra en Bilbao, esta acción busca visibilizar la campaña Compartir Es Bueno. Dicha campaña reivindica la libertad de flujo de saberes, cultura y técnicas (copyleft, software libre, etc.) frente a la brecha digital sostenida por los monopolios del software privativo, las patentes sobre el desarrollo tecnológico y las tecnologías y leyes de control digital que amenazan con empobrecer el acervo cultural de la humanidad que es la red y el conocimiento científico-técnico."

COPYLEFT 2005 de Teresa Malina Torrent

Este texto está bajo una licencia Creative Commons Atribucion-CompartirIgual: Eres LIBRE de copiar, distribuir, poner a disposicin ejecutar y modificar esta obra siempre y cuando respetes la autoría e incluyas esta misma nota.

El uso estratégico de la legislación de copyright para darle la vuelta y permitir la libre circulación del conocimiento, técnicas y cultura en ningún modo refleja nuestra aceptación o acuerdo con esta egislación abusiva, mercantilista y privativa.

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http://compartiresbueno.net/

Comentarios, Pingbacks:

Comentario de: rebuscador [Miembro] · http://ladrilio.org/
Permalink 09.11.05 @ 15:24
Comentario de: Blomovich [Visitante]
Esta gente están tan acostumbrados a hacer lo que les da la gana que han perdido el rumbo y denuncian por denunciar ... a ver si cuela :

El dueño de un cíber de Santiago gana una batalla legal a la SGAE

Una sentencia dice que no es responsable de un delito contra la propiedad intelectual. El local alquilaba equipos con los que los clientes se hacían sus copias, según se demostró en el juicio. La denuncia se hizo tras una visita de un empleado de Afyve. La jueza reflexiona sobre el precio cada vez más elevado de los discos

(La Voz de Galicia / Santiago) Un juzgado de Santiago ha absuelto al propietario de un cíber de un delito contra la propiedad intelectual, del que había sido acusado por el Ministerio Fiscal, así como por la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve), la Sociedad General de Autores (SGAE) y la Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ámbito Nacional (Adivan).

La magistrada del juzgado de lo penal número 1, Rosa Collazo, no sólo considera que el empresario José Luis Garabal Vázquez -representado por el letrado Mariano Sierra- no es autor de delito alguno, sino que sustenta su resolución basándose en dos argumentos principales: el hecho de que la denuncia no partiese de la persona agraviada o de sus representantes legales, sino de una asociación; y la «atipicidad» de la conducta del acusado, ya que éste alquilaba equipos y eran sus clientes los que los utilizaban para el fin que considerasen conveniente.

Sobre el primero de los puntos, Rosa Collazo considera que, si bien el acusado no negó que, hasta que se le precintó el local, en éste se realizasen copias de cedés -sirviéndose los usuarios de los equipos reproductores que tenía instalados-, «no hay una sola prueba de que alguno de los cedés que se copiaron fuera producido por alguna de las entidades relacionadas a folio 54 como miembros de la asociación denunciante». Añade la magistrada que «es muy posible que entre los cedés copiados se encuentre alguno producido por alguna de esas entidades, pero esa alta posibilidad no cabe equipararla a certeza absoluta, que es lo que exige el Derecho Penal». «Sólo si se nos dijera [y se nos acreditara] que la asociación denunciante agrupa a la totalidad de los productores fonográficos que operan en nuestro país, nuestra duda quedaría despejada». El fallo se refiere a una sentencia de la Audiencia de Barcelona en la que se decía que, aunque la Ley de Propiedad Intelectual «favorece la gestión colectiva de derechos de autor [...], lo cierto es que continúa reconociendo la exclusividad del derecho de propiedad intelectual, en cuanto a las obras literarias o científicas, a su autor o a quien el mismo hubiese cedido expresamente los derechos».

Sobre la segunda causa de absolución, la magistrada dice que no se acreditó que los originales de los discos no fuesen propiedad de los clientes que los copiaban. De hecho, en el local de Garabal no se intervino ningún disco original. Tampoco se probó que de cada disco se obtuviese más de una copia ni que fuese para un uso distinto al privado.
Permalink 02.01.06 @ 23:00
Comentario de: rajón [Visitante]
Permalink 19.03.07 @ 10:46

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